La primera barrera que enfrenta un venezolano al
emigrar es el aspecto legal, pareciera ser una misión imposible tener todos los documentos listos para ese día tan esperado y es que de solo ver el acta de nacimiento,
madrugar en el Registro Principal, llegar a las 11:00 a.m. a la taquilla y ser
rechazado porque era una Copia del Libro Certificada y llevaste una Copia
Certificada, un día de trabajo perdido, ¿y el título de bachiller? ¿Las notas
de la universidad, el título, el programa, la modalidad? ¿Antecedente penales?
¿Licencia? En el caso de los que son padres dirán ¿y los chamos? ¿Todo eso otra
vez? ¿Qué hago?
Como abogado de libre ejercicio a diario me consigo
con las mismas preguntas:
- - ¿Dónde legalizo el conscripto militar?
- -
Había
marcha y perdí la cita ¿Qué hago?
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Soy
piloto ¿Dónde apostillo las horas de vuelo?
- -
El
GTU solo me permite legalizar 10 documentos y llevo 13 ¿Qué hago?
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Doctor,
soy padre de 3 niños y necesito apostillar 21 documentos ¿Cómo hago?
Bien, eso tiene arreglo, no sin antes dejar
expresamente claro que si desea usar lo que a continuación expongo para trámites
de nacionalidad diríjase primero a su consulado y pregunte si le permiten
presentar los documentos así.
Comienzo explicando La Apostilla de La Haya es un método
simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su
autenticidad en el ámbito del Derecho Internacional Privado. Consiste
en una hoja que se anexa al documento en cuestión.
Pero para apostillar antes se debe cumplir con una
formalidad, legalizar, como es el caso de las citadas actas de nacimiento en
donde un órgano competente de mayor jerarquía legaliza la firma del funcionario
que firma el acta, el Registro Principal.
Ahora, de que va todo esto si las actas de nacimiento y
matrimonio se legalizan en el Registro Principal y los títulos universitarios
van al Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y
Tecnología (MPPEUCT) ¿Cómo se hace para hacer ambos en un solo trámite? simple,
una declaración jurada.
Según el artículo
67 de la Ley de Registro Público y del Notariado, el notario tiene la
potestad de dar fe pública de los hechos, en tal sentido se puede presentar por
ante la notaria un documento contentivo de todos los documentos que se
presentan en su original con una copia simple, para que el notario certifique
que las copias simples corresponden a los originales ahí expuestos. Hecho esto
podría decirse en términos coloquiales
que el notario va a certificar copias de tantos documentos como se presenten,
esto permite entonces presentar en un solo acto, acta de nacimiento, acta de
matrimonio (si es el caso), título de bachiller, título universitario,
maestrías cursadas, licencia de conducir y cuanto documento se necesite.
Una vez firmada la declaración jurada puede entonces
legalizarse el instrumento por ante el Registro Principal del Estado donde haya
sido otorgado para posteriormente apostillar, en tal sentido se tendría en un
solo texto respaldo de todo lo que se considere necesario.
¿Primera vez que escuchas esto? Bien, te dejo una que
hice para mí y veas como luce, en mi caso la hice una sencilla solo con título
y notas pero pude haber anexado incluso documentos de familiares.
Si aún te quedan dudas puedes escribir abajo en los
comentarios y si deseas saber más puedes contactarme al correo
alexander.alayon@gmail.com